División de Menores
Información de la oficina del secretario de la corte
La División de Menores se encuentra en la Corte de Ukiah.
Horario de oficina: 8:30 a. m. a 3:00 p. m., de lunes a viernes, excepto días festivos judiciales
Horario de atención telefónica: 8:30 a. m. a 1:00 p. m., de lunes a viernes, excepto días festivos judiciales
Teléfono de Ukiah: (707) 468-2006
Aviso de confidencialidad
Los casos de menores son confidenciales. En la mayoría de las circunstancias, el tribunal ni siquiera puede reconocer que existe un caso juvenil específico. Las solicitudes de información sobre casos de menores no se pueden realizar por teléfono o correo electrónico. La persona que solicita acceso a un caso de menores generalmente debe ser parte en un caso. Es posible que se requiera una identificación con foto para recibir información del caso, de conformidad con el Código de Bienestar e Instituciones § 802.
Formularios y presentación
Los formularios se pueden consultar en la sección de Formularios y presentación en nuestra página web, recoger en la oficina del secretario, imprimir en la biblioteca jurídica, o pueden ser descargados de la página web del Consejo Judicial.
De acuerdo con la ley aplicable, los secretarios no pueden proporcionar asesoría legal.
Cuotas
No hay cuotas de presentación para casos de menores.
Copias y copias certificadas
Los casos de menores son confidenciales.
Las solicitudes de copias o copias certificadas de un documento pueden hacerse en persona en la oficina del secretario con identificación válida. No podemos aceptar solicitudes por teléfono. Usted debe ser parte en el caso de menores, o de otra manera autorizado por un juez, para recibir copias en un caso de menores.
Se pueden aplicar varias cuotas de copia, búsqueda y certificación. Consulte la lista de cuotas locales de la corte en la sección de Cuotas relacionadas con el registro para obtener detalles sobre dichas cuotas.
Consulta de expedientes de casos de menores
Los casos de menores se pueden ver en persona en el juzgado y solo si usted es parte del caso o ha sido autorizado por un juez. No se puede transmitir información específica por teléfono o por correo electrónico. Es posible que se requiera una identificación con foto para recibir información del caso, de conformidad con el Código de Bienestar e Instituciones § 802.
Casos de transferencia
Otras cortes que transfieren casos de dependencia o delincuencia a nuestra corte pueden establecer asuntos en el Departamento G de la siguiente manera: establecen asuntos de dependencia los martes, miércoles y jueves a las 9:00 a. m. y establecen asuntos de delincuencia los martes y jueves a la 1:30 p. m.